Art. 37 Verdrag inzake sociale zekerheid tussen het Koninkrijk der Nederlanden en de Republiek Chili, Denuncia

Verdrag inzake sociale zekerheid tussen het Koninkrijk der Nederlanden en de Republiek Chili

1. El presente Convenio se celebra por tiempo indefinido y se matendrá en vigencia hasta la expiración del año calendario siguiente al año en el cual uno de los Estados Contratantes notifique su denuncia por escrito al otro Estado Contratante.

2. En caso de denuncia del presente Convenio, se conservarán los derechos a prestaciones o a pagos de beneficios adquiridos en virtud del mismo; los Estados Contratantes adoptarán medidas en lo que respecta a solicitudes ya efectuadas.

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